martes, marzo 18, 2014

Justicia para Jordi Veras


Ricardo Rojas León
Dentro de algunas semanas se van a cumplir cuatro años de la cobarde tentativa de asesinato en contra de Jordi Veras, un prominente abogado y comunicador que reside en la ciudad de Santiago. Jordi Veras fue víctima de varios disparos por unos sicarios que, de acuerdo con las investigaciones y la misma acusación del Ministerio Público, fueron contratados por el empresario Adriano Román, quien guarda prisión por delitos cometidos contra su anterior esposa.

El atentado a Jordi mantuvo en vilo a la sociedad dominicana durante varios días, hasta que la trama criminal en su contra fue descubierta y sus implicados sometidos a la acción de la Justicia.

En el atentado contra el abogado estuvieron directamente implicados un ex teniente coronel y dos rasos de la Policía Nacional, tres ciudadanos que mancillaron su uniforme constituyéndose en brazo armado y ejecutor de tan vil episodio.

El proceso contra Román y los demás implicados en el atentado contra Jordi ha sido deliberadamente incidentado, no pudiendo aún iniciarse el juicio, a pesar de que se han celebrado 12 audiencias, que han debido posponerse por diversos motivos, entre ellos, el cambio de abogado del principal acusado en no menos de ocho ocasiones. La audiencia preliminar, que concluyó con autos de apertura a juicio, consumió 33 audiencias, por las mismas tácticas dilatorias.

En las últimas semanas, sin embargo, ha dejado un muy mal sabor la actitud asumida por la Oficina de la Defensoría Pública en torno a este caso, negándose a designar un nuevo defensor público a Román - que ya tuvo uno hace varios meses-, bajo el alegato de que este imputado tiene solvencia económica. La Oficina de la Defensoría Pública ha invocado su Instrucción General, del pasado 31 de enero de 2014, la cual ha sido declarada inconstitucional por el Tribunal Colegiado de Santiago.

La Oficina de la Defensoría Pública debería respetar esa decisión y designar, sin dilación, el abogado que asistirá a Román en sus medios de defensa, pues la sociedad dominicana demanda que se haga justicia en este caso, que no sólo involucra como víctima a un joven, talentoso y honorable abogado santiagués, sino a antiguos miembros de un órgano público que fue creado para combatir el crimen y no para cometerlos.

Me sumo al clamor de don Ramón Antonio Veras, padre de Jordi, y de muchos dominicanos de buena voluntad, para que los que intentaron asesinar a su hijo no sigan burlándose de la sociedad dominicana. ¡El país reclama justicia para Jordi!

lunes, marzo 17, 2014

Aboga por evaluación real de fiscales y jueces


Licda. Yeni Berenice Reynoso, Procuradora Fiscal del DN
La Fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, abogó ayer por una evaluación “real” del desempeño de los actores del sistema de justicia, y que en función de la misma se determine su permanencia o no en la carrera, a fin de garantizar su eficiencia.

Dijo que si bien es cierto que el Código procesal Penal (CPP) necesita ser mejorado, el mayor problema en el sistema son los fiscales y jueces que se escudan detrás de esa norma para cometer malas actuaciones. “Ni el Ministerio Público ni la Judicatura tienen evaluaciones de desempeño que se correspondan con la realidad; los actores del sistema (fiscales y jueces) deben ser sometidos constantemente a evaluaciones reales, y que no aparezcan personas que tienen casos de 5 y 6 años en su jurisdicción, con una evaluación de 98 puntos, que no son reales”, enfatizó.

¿Jueces negligentes? En declaraciones para Hoy, la Fiscal del Distrito rechazó que sean culpa del CPP los múltiples aplazamientos de casos judiciales como el de Adriano Román-Jordi Veras, en Santiago; el del extraditable Jeremy Vargas, que está en la Suprema Corte de Justicia (SCJ), y el del asesinato de Claudio Francisco Caamaño Vélez, que está en el Juzgado de Atención Permanente en Baní.

domingo, marzo 09, 2014

Fiscal afirma aplazamientos de juicios son verdaderas torturas


La fiscal Luisa Liranzo, el decano de la Facultad de Ciencias
Jurídicas de la UCSD, Román Jáquez; el rector Jesús Castro
Marte; el vicerrector Manuel Peña y la decana de Ciencias
Religiosas, Ángela Cabrera. Pablo Matos
La procuradora fiscal de Santiago, Luisa Liranzo, advirtió ayer que los aplazamientos de juicios se han convertido en una verdadera tortura para cualquier persona y consideró que ese mecanismo legal, utilizado muchas veces por la defensa, se constituye en un uso abusivo de los recursos garantistas que ofrece la normativa procesal penal.

Al lamentar ese tipo de situaciones, hizo un llamado para que de una u otra forma se analice de nuevo la condición de la víctima dentro del Código y del proceso penal, “ya que termina muchas veces, en una revictimización más que hostil y traumática para quien se encuentra envuelto en un proceso penal de esa naturaleza”.

Consideró que se debe empoderar más a la víctima y darle verdadera igualdad de las partes en el proceso. La magistrada Liranzo hizo el comentario cuando se le preguntó sobre el caso de Jordi Veras, quien sufrió un atentado del que se acusa a Adriano Román. Veras era el abogado de la exesposa de Román, quien lo acusó de violencia intrafamiliar por lo que cumple una condena en la cárcel.

viernes, marzo 07, 2014

Caso Jordi Veras se ha reenviado 35 ocasiones y aún no inicia


José Jordi Veras Rodríguez
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- A casi cuatro años de la tentativa a Jordi Veras aún no ha iniciado el proceso judicial por supuestas maniobras que ha hecho el principal imputado Adriano Román, según el abogado Ramón Antonio Veras (Negro).

“Aparentemente los siete imputados tienen abogados diferentes y cada vez que se va al tribunal Adriano parece que le dice ven tú y tu no y así se han mantenido. No es culpa de los jueces porque ellos están dispuestos a conocer el caso, lo que pasa es que cada vez que lo intentan le ponen una piedra en el camino. Todos los abogados coinciden con la música de Adriano Román”, expresó.

Agregó que el caso ha sido reenviado 35 veces y ya hay dos de ellos en libertad.
“La Familia Jordi no está pidiendo que se les haga un juicio festinado, no, vamos a discutir las pruebas que ha reunido la Policía y la Fiscalía que tiene todas las garantías. Pero no, han hecho todo lo posible para que este caso no comience. Eso de que el caso no comience afecta a familia Veras, sí, pero eso lesiona más a la justicia porque eso es una burla al sistema. Esos delincuentes ha dicho nos burlamos del sistema para eternizar el proceso”, indicó el jurista.
Denunció que la directora de la defensoría pública Laura Hernández es pariente cercano del principal imputado y señaló que Adriano Román autorizó que solo dos personas los visiten y uno de ellos es hermano de Laura Hernández, quien según él, redactó un documento que coincide con las pretensiones del supuesto autor intelectual.
“Lo último es ese adefesio que redactó y emitió la Defensoría Pública. La persona que se sentó a redactar ese mamotreto que se llama instrucción general sabe más que todos nosotros lo que estamos haciendo lo que pasa es que cuando se trabaja en equipo uno es que determina todo, el más diligente…y el más diligente es la directora y quien redactó ese documento fue la directora. ¿Lo redactó para favorecer a Adriano Román? No, pero el documento en conjunto coincide con los fines perseguidos y con la estrategia final que busca el señor Adriano Román y la asociación de malhechores”, indicó.
Apuntó: "La persona que redactó ese adefesio sabe que el artículo 176 y 177 de la Constitución política del país le garantiza a cualquier imputado del país llámese como se llame, el derecho de tener un defensor público y se le asigne".
Argumentó que “esa persona que redactó ese adefesio que se llama instrucción general sabe que el artículo cinco de la ley 277-04 le permite a la defensoría pública cuando hay un imputado solvente cobrarle, tiene que darle el servicio y cobrarle, pero no. Coincidiendo con la táctica de Adriano Román, Laura Hernández Román emite esa instrucción”.

Enfatizó que a él lo que le da es pena que ese documento haya sido reconocido por la facultad de derecho de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, por la Finjus y por el Colegio de Abogados. 

“El hecho de que Laura tendrá sus razones de fondo para redactar eso…pero en el fondo coincide con Adriano Román. Por suerte el tribunal acaba de declararlo inconstitucional recogiendo el honor de la Constitución, dijo.
“La sociedad debe de saber que la doctora Laura Hernández Román conoce el patrimonio de Adriano Román como lo conoce Adriano Román Román. Sabes por qué, porque por delicadeza la doctora Laura Román no debió redactar ese adefesio porque yo tenía derecho y la sociedad también, a pensar que eso fue redactado para favorecer a su familiar Adriano Román, son parientes”, señaló.

jueves, marzo 06, 2014

Basta de burla


No hay que ser un jurista para darse cuenta que la justicia de Santiago se ha dejado manipular por el acusado del atentado sufrido por Jordi Veras, el señor Adriano Román.Ya hace cerca de cuatro años que se celebró la audiencia preliminar del caso, y desde entonces, la defensa del acusado y el acusado mismo, con actitudes complacientes de ciertos actores, han conseguido extender un proceso más allá de lo razonable.

Pensar que se trata de un hecho que conmovió al municipio de Santiago, a toda la provincia, a la región Norte y al país, que se trata del hijo de un connotado e íntegro abogado como Ramón –Negro- Veras, que por elemental notoriedad haría pensar que la justicia actuaría con apego a los plazos, nos indica cuánto sufren las personas humildes que pasan por un proceso judicial.

“Si eso le pasa a un hijo de Negro Veras”, como dice la gente común en Santiago, “imagínese a las personas simples”. Este caso retrata de manera palmaria un régimen de negación de justicia que desacredita a quienes tienen la responsabilidad de conducir por mejores cauces la administración de ese estamento institucional.

El mecanismo más utilizado por el acusado es jugar a la renuncia manifiesta a la defensa, mediante recursos que los jueces han tenido la singular paciencia de tolerar. En la antesala del juicio, desautoriza a sus abogados; constituye nuevos abogados, quienes con subterfugios e irrespetos, como abandonar la sala del tribunal, consiguen sistemáticamente aplazar el juicio.

Ante la negativa del inculpado, el recurso necesario es la defensoría pública. Extrañamente, la Oficina Nacional de Defensa Pública se resiste a designar un defensor, con el alegato de que Román tiene solvencia económica para sufragarlo, y la vocación de la ley es la protección de los desvalidos.

Ante una manifiesta actitud de obstrucción, debe imponerse el sentido de la ley 277-04 y de la Constitución de la República, de que a nadie se le niegue el derecho a la defensa, primero, y luego, que su negativa no pueda interponerse a la misión de la justicia. ¡Basta de burla!

miércoles, marzo 05, 2014

Defensora pública afirma no ha dictado instrucción para eternizar caso Jordi Veras


Ramona Curiel y Laura Hernández
La directora de la Oficina Nacional de Defensa Pública, doctora Laura Hernández, aclara que en ningún momento ha dictado una instrucción general a los fines de favorecer la eternización de proceso alguno, mucho menos en el caso del abogado y comunicador de Santiago, Jordi Veras.

“Desde octubre de 2013 la Oficina Nacional de Defensa Pública de Santiago, y el defensor público Luis Espertinse se encuentran desapoderados del caso. Es una falsedad decir a la sociedad que un defensor puede estar apoderado por si no se presenta un abogado privado, pues la defensa, primero no cuenta con recursos humanos para estos fines y segundo esto viola principios legales del servicio (brindar defensa sólo a quienes carecen de abogado Art. 2 ley 277-04), y la ética institucional”, expresó Hernández, en respuesta a lo dicho por el reconocido abogado santiaguero, doctor Negro Veras, durante rueda de prensa el pasado viernes en la ciudad de Santiago, donde responsabiliza a la ONDP del retraso para que un tribunal de Santiago conozca el proceso en contra de los acusados de agredir a su hijo, Jordi Veras.

La directora de la Oficina Nacional de la Defensa Pública, aclara durante rueda de prensa realizada en la sede Central de la entidad que dirige, que desde finales del año pasado, previa aprobación del Consejo Nacional de la Defensa Pública había anunciado que se vería en la difícil situación de limitar el servicio de asistencia legal gratuita que brinda la institución, y entre los casos que se limita el servicio se encuentran los de las personas con comprobada solvencia económica. Decidiendo la institución concentrarse en los procesos en que los imputados corren el riesgo de perder su libertad y que no tienen más opción que el servicio público de defensa. Todo esto como consecuencia de la insuficiente asignación presupuestaria, que nos impide tener la cantidad de defensores necesaria para enfrentar la demanda del servicio de defensa pública, pues asiste más del 75% de los casos ingresados al sistema de administración de justicia penal. Además que aún no se ha podido ofrecer el servicio de defensa en todo el territorio nacional, por no contar con los recursos para instalar oficinas en cada localidad.

Aunque la institución este obligada por mandato constitucional a prestar un servicio de defensa pública gratuita, de fácil acceso, eficiente y con calidad. El Estado tiene el deber de suministrar los medios económicos y suficientes para que la institución pueda ofrecer un servicio efectivo del derecho a la defensa en condiciones de igualdad en todo el territorio nacional, lo cual es imposible de materializar con la actual asignación presupuestaria. Por lo que, la institución se ha visto en la necesidad de ponderar entre un servicio abierto –ineficiente– a todo el que lo requiera o un servicio de -calidad y eficiente- dirigido a los más vulnerables que son quienes no pueden costearse un abogado.

Esta medida entró en vigencia desde el 3 de febrero del presente año, siendo debidamente comunicada a todos los tribunales del país, la cual posee un carácter provisional, que irá restableciéndose, en la medida en que el Estado suministre los recursos necesarios para contar con el personal que se requiere, para que la defensa publica pueda brindar un servicio eficiente y de calidad como el que siempre la ha caracterizado y que es el que merece la nación.

Una medida como esta tan ponderada, jamás podría obedecer a un caso específico. En caso del imputado Adriano Román, fue el Tribunal que en la audiencia del 17 de octubre del 2013, ante el pedimento de dicho imputado fijo audiencia para el 22 de ese mismo mes a los fines de que designará nueva vez un abogado de su elección.

La audiencia que ha traído todo el revuelo y tras la cual se han manejado informaciones que no obedecen a la verdad, es la audiencia del 24 de febrero del presente año (2014) cuando el imputado en cuestión señala al tribunal que ha desapoderado a la abogada privada y ha apoderado a nuevos abogados privados. Estos pidieron un plazo al tribunal para estudiar el expediente y procurar la tutela del derecho a la defensa de su defendido. El Primer Colegiado de Santiago lo rechaza como también un recurso de oposición, hacen otros pedimentos y al serles rechazados se retiran del estrado, provocándose una declaratoria de abandono por el Tribunal, ordenando a las 12:00 del mediodía remitir el expediente a la Defensa Pública para que designara un Defensor Público y conocer el proceso a partir de las 2:30 p.m. Por lo que la Coordinadora de Santiago, licenciada Ramona Curiel, informó al Tribunal que los casos que ingresen a la Defensa Pública por esta vía, deben someterse a una evaluación socioeconómica, con el fin de determinar la solvencia o no del solicitante, medida adoptada en todos los casos que ingresan a la Defensa Pública desde el 3 de febrero del 2014, Instrucción General No. 1-2014 de fecha 31/1/14.

Este caso, contrario a lo que se ha señalado en los medios de comunicación no es un caso que está en la institución, ya que el mismo fue desapoderado desde el mes de octubre del 2013 con la designación de la Licda. Griselda Cordero. Por el contrario, se trata de una nueva solicitud de defensor debe cumplir con las formalidades del abandono y comprobar la solvencia del imputado. A lo que hay que agregar que los nuevos abogados del imputado notificaron por acto de alguacil a la Defensa Pública de Santiago, abstenerse de designarle defensor público al imputado Adriano Román, por ellos ser sus abogados. Esta información fue dada en plena audiencia al Tribunal, y a pesar de las mismas los jueces deciden aplazar para el 5 de marzo del presente año, a los fines de que la Defensa Pública cumpla con la decisión y le asigne el mismo defensor público que tuvo en el pasado. A los fines anteriores, se practicó un estudio económico por un trabajador social y se pudo determinar, que el imputado posee recursos económicos, por lo que la Defensa Pública no puede proceder a asignar un defensor.

Si en el presente caso el defensor público Luis Espertín hubiese seguido apoderado continuaría con el conocimiento de dicho proceso. Sin embargo, quien desee verificar o buscar responsables por la tardanza en el conocimiento del proceso deberá dirigirse hacia quien tiene el control y toma de decisiones del mismo y sólo bastará con revisar desde el principio de este caso las actas de audiencias y comprobar quien ha permitido estos excesos en el derecho de elección que tiene el imputado en cuanto a su defensa. Por lo que nos resulta injusto cargar las incidencias permitidas en este proceso al único operador que no tiene poder decisorio en el mismo.

Tribunal declara inconstitucional norma Defensoría Pública


José Jordi Veras Rodríguez
Santiago.- El Primer Tribunal Colegiado declaró como inconstitucional la norma de la defensoría Pública y conminó a la misma a que el 28 de marzo asista al empresario Adriano Román acusado de tentativa criminal contra el abogado Jordi Veras.

En el fallo emitido por los magistrados considera que Román debe ser asistido como establecen dichas normas, en caso de acuda sin sus representantes legales.

La Defensoría Pública alega que carece de los recursos económicos suficientes para dar asistir jurídicamente a todos los imputados que lo requieran. El tribunal es presidido por la magistrada Annelis Torres, además de Sergio Furcal y José De Asís Burgos. Jordi Veras valora la decisión para impedir que se produzcan nuevos aplazamientos. El atentado contra el jurista y comunicador se produjo el día 2 de junio del 2010 cuando ingresaba a las instalaciones del canal 25.

El pasado 28 de febrero, el jurista Ramón Antonio (Negro) Veras criticó la decisión de la Oficina Nacional de la Defensa Pública no brindar sus servicios al interno Adriano Román, acusado de tentativa de asesinato de su hijo Jordi Veras Rodríguez. 

Veras expresó que el juicio no ha podido comenzar, aunque ha sido aplazado en 27 ocasiones, principalmente porque el imputado cambia la defensa privada que lo asiste. 

Las primeros catorce reenvíos fueron durante la audiencia preliminar y en el juicio de fondo van 13.

En respuesta a la crítica hecha por Negro Veras, la Defensa Pública alega que no puede asignar abogados a acusados económicamente solventes, acatando una decisión de Laura Hernández Román, directora de la Oficina Nacional de Defensa Pública.

Ante una sentencia de inconstitucionalidad

  1. La decisión del Tribunal Colegiado de Santiago, al declarar en el curso de la tarde de hoy la inconstitucionalidad del adefesio jurídico definido como  Instrucción General, elaborado por la Oficina de la Defensoría Pública,  de fecha 31 de enero de 2014,  reivindica  y  recoge el honor,  la majestad y el respeto que merece  la Constitución vigente.
  2. Al emitir su decisión el tribunal hizo una correcta, adecuada y justa interpretación de las disposiciones constitucionales a la luz de los artículos 6, 69, 176 y 177, los cuales con claridad meridiana disponen: 
    1. Artículo 6.- Todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado. Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constitución. 
    2. Artículo 69.- Toda persona, en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, tiene derecho a obtener la tutela judicial efectiva, con respeto del debido proceso que estará conformado por las garantías mínimas. 
    3. Artículo 176.- El servicio de Defensa Pública es un órgano del sistema de justicia dotado de autonomía administrativa y funcional, que tiene por finalidad garantizar la tutela efectiva del derecho fundamental a la defensa en las distintas áreas de su competencia. El servicio de Defensa Pública se ofrecerá en todo el territorio nacional atendiendo a los criterios de gratuidad, fácil acceso, igualdad, eficiencia y calidad, para las personas imputadas que por cualquier causa no están asistidas por abogados. La ley de Defensa Pública regirá el funcionamiento de esta institución.
    4. Artículo 177.- El Estado será responsable de organizar programas y servicios de asistencia legal gratuita a favor de las personas que carezcan de los recursos económicos para obtener una representación judicial de sus intereses, particularmente para la protección de los derechos de la víctima, sin prejuicio de las atribuciones que correspondan al Ministerio Público en el ámbito del proceso penal.
  3. De igual manera, la sentencia del Tribunal Colegiado, viene a recoger el sentido y alcance  del artículo 5  de la ley 277-04, el cual  redactado correctamente no admite duda al establecer: “El Consejo Nacional de la Defensa Pública determinará vía reglamentaria, los mecanismos, criterios y tasas aplicables a las personas comprobadamente solventes que requieran o que se le haya suministrado el servicio”.
  4. Además, al emitir la sentencia de inconstitucionalidad con relación a la Instrucción General elaborada por la Oficina Nacional de Defensa Pública,  el Tribunal Colegiado de Santiago,  hace reverencia y manda a respetar   los artículos  111-115 y 116  del Código Procesal Penal, los cuales claramente rezan así:
    1. Artículo 111.- El imputado tiene derecho   irrenunciable a hacerse defender desde el primer acto del procedimiento por un abogado de su elección y a que si no lo hace se le designe de oficio un defensor público. El imputado puede asumir su propia defensa, conjuntamente con aquél.  En este caso, el juez vela para que esto no perjudique la eficacia de la defensa técnica. La designación del defensor no debe menoscabar el derecho del imputado a formular directamente solicitudes e informaciones. La inobservancia de esta norma produce la nulidad del procedimiento.
    2. Artículo 115.-  Sustitución.  La designación de un defensor, público o particular, no impide que el imputado elija otro de su confianza con posteridad. El defensor puede, con autorización  del imputado, designar un sustituto para que intervenga cuando tenga algún impedimento. En caso de urgencia, se permite la intervención del sustituto aun  a falta de la autorización del imputado, pero se solicita su opinión en la primera oportunidad. Negado el consentimiento, el juez nombra un defensor público.
    3. Artículo 116.- Renuncia y abandono.- El  defensor particular puede renunciar a la defensa. En este caso el juez o tribunal emite una resolución fijando un plazo para que el imputado nombre un nuevo defensor. Transcurrido el plazo y a falta de dicho  nombramiento, el juez o tribunal nombra de oficio un defensor público. El renunciante no puede abandonar la defensa hasta que intervenga su reemplazo. El defensor no puede renunciar durante las audiencias. Si el abandono ocurre poco antes o durante el juicio, se puede aplazar su comienzo  o suspenderse por un plazo no mayor de diez días si lo solicita el imputado.
  5. La Constitución no puede ser interpretada en forma antojadiza y caprichosa para satisfacer apetencias familiares, personales, de clases ni de grupos.  La Carta Magna Dominicana, ha sido levantada  desde el lugar donde había sido lanzada como algo sin valor, respeto ni consideración.
  6. Todas las personas que en el país se identifican con la legalidad y la constitucionalidad deben aplaudir la decisión emitida en la tarde de hoy por el Tribunal Colegiado de Santiago, que conoce el expediente contra Adriano Román y los demás imputados que se asociaron para asesinar a mi hijo José Jordi Veras R.
  7. Por último, la sentencia declarando la inconstitucionalidad emitida por la Oficina Nacional de Defensa Pública,  viene  a reverenciar  la Constitución Dominicana, a la vez que envía un mensaje de esperanza y confianza a las dominicanas y dominicanos que aspiramos vivir en una sociedad donde  predominen las instituciones, se respeten las leyes y se dignifique la justicia.

Defensoría pública dice resolución no busca favorecer a Adriano Román


La directora de la Oficina Nacional de la Defensa Pública (ONDP), Laura Hernández, aclaró que la disposición de rechazar la defensa del imputado Adriano Román, acusado por el atentado contra el comunicador y abogado Jordi Veras,  se debe a la "sobrecarga de trabajo" y escasez de personal de la institución.

Hernández subrayó que el tres de febrero pasado entró en vigencia una medida adoptada por el Consejo Nacional  de la ONDP, que limita los servicios que ofrece la entidad en materia disciplinaria, por solvencia económica y otros, debido a lo cargado que está su personal.

La directora de la ONDP precisó que esta disposición no responde al interés de favorecer la prolongación de algún caso en particular como supone el padre  Jordi Veras,  el jurista Ramón Antonio Veras (Negro), sino más bien el objetivo es priorizar aquellos casos en los que los imputados corren el riesgo de perder su libertad y carecen de recursos económicos para costearse los servicios de un abogado privado.

"No hay un deseo de la Defensa Pública de eternizar éste ni ningún proceso. Esta medida temporal obedece a la sobrecarga de trabajo por el número limitado de defensores que tenemos para enfrentar esa sobrecarga", enfatizó Hernández.

Hernández agregó que la ONDP sólo cuenta con 123  abogados de oficio y 22 coordinadores, quienes deben atender más del 75% de los procesos penales que se llevan a cabo en el país. "Deberíamos tener un mínimo de 400 defensores  para cubrir la carga actual", precisó.

Defensa Pública dice que no pretende favorecer a Adriano Román


SANTO DOMINGO. La directora de la Oficina Nacional de Defensa Pública, Laura Hernández Román, aclaró que en ningún momento ha dictado una instrucción general a los fines de favorecer la eternización del proceso que se le sigue al empresario Adriano Román, acusado de atentar en contra del abogado y comunicador Jordi Veras. En compañía de la coordinadora de la Defensa Pública en Santiago, Ramona Curiel, indicó que desde octubre de 2013 la Oficina se encuentra desapoderada del caso.

En el caso del imputado Adriano Román, observó que fue el tribunal que a su petición aplazó para el 22 de este mes, a los fines de que designara nueva vez un abogado de su elección.

Hernández entiende que la actual se trata de una nueva solicitud del defensor que debe cumplir con las formalidades del abandono, y comprobar la solvencia del imputado.

"A lo que hay que agregar que los nuevos abogados del imputado notificaron por acto de alguacil a la Defensa Pública de Santiago, abstenerse de designarle defensor público al imputado Adriano Román, por ellos ser sus abogados".

Indicó que esta información fue dada en plena audiencia del tribunal, a pesar de que los jueces decidieron aplazar el proceso para hoy, a los fines de que la Defensa cumpla con la decisión y le asigne el mismo defensor público que tuvo en el pasado.

"A los fines anteriores, se practicó un estudio económico por un trabajador social, y se pudo determinar que el imputado posee recursos económicos, por lo que la Defensa Pública no puede proceder a asignar un defensor".

Explica que si el defensor Luis Espertín hubiese seguido apoderado continuaría con el conocimiento del proceso. Exhorta a quien desee verificar o buscar responsables en la tardanza en el conocimiento del caso, debe dirigirse al tribunal.

martes, marzo 04, 2014

Defensa Pública niega intente ”eternizar” proceso contra acusados de ataque a Jordi Veras


Ramona Curiel y Laura Hernández
La directora de la Oficina Nacional de Defensa Pública, Laura Hernández, aclaró ayer que esa institución no tiene intención alguna de “eternizar”  el proceso contra los acusados de agredir al abogado Jordi Veras, como precisará el jurista Negro Veras.

Hernández señaló que desde octubre del año pasado la Defensoría Pública fue desapoderada del caso cuando el imputado, Adriano Román, contrató los servicios de la abogada Griselda Cordero.

“Es en la audiencia del 24 de febrero del presente año cuando el imputado señala al Tribunal que ha desapoderado a la abogada privada y ha apoderado a nuevos abogados privados. Estos pidieron un plazo al tribunal para conocer el expediente y procurar la tutela de derecho a la defensa de su defendido. El Primer Tribunal Colegiado de Santiago lo rechaza, como también un recurso de oposición, hacen otros pedimentos y al serles rechazados se retiran del estrado, provocándose una declaratoria de abandono por el Tribunal, ordenando al mediodía remitir el expediente a la Defensa Pública para que designara un defensor público y conocer el proceso a las 2:30 de la tarde”, indicó Hernández.

Explicó que la coordinadora de la Defensa Pública en Santiago, Ramona Curiel, informó que los casos que ingresen a la Defensa Pública por esa vía, deben someterse a una evaluación socioeconómica para determinar la solvencia económica del solicitante.

Defensa Pública revela la solvencia económica de Adriano Román


Adriano Rafael Román Román
SANTO DOMINGO. La Oficina Nacional de la Defensa Pública (ONDP), que no atendió el pasado lunes 24 de febrero una disposición de los jueces del Primer Tribunal Colegiado de Santiago para que asumiera la defensa del imputado Adriano Román en el caso por el atentado a Jordi Veras, se justificó con el alegato de que se trata de una persona con solvencia económica para pagar un abogado privado. (Román cumple una condena de 20 años por agresión a su ex esposa).

En una carta fechada ayer lunes 3 de marzo, la coordinadora de la ONDP dice a los jueces que en una Evaluación Económica que hizo el trabajador social Alberto Álvarez a Adriano Román el 26 de febrero pasado, pudo comprobar que posee "certificados financieros, una empresa inmobiliaria, y otros bienes inmuebles, y que sus ingresos mensuales son superiores a tres salarios mínimos".

Por esta razón, dice la carta suscrita por la coordinadora de la Defensa Pública, Ramona Curiel Durán, el recluso Adriano Román no califica para la prestación del servicio de Defensa Pública, "ya que tiene solvencia económica para costearse los servicios de un abogado privado".

La coordinadora de la Defensa Pública agrega en su misiva, copia de la cual reposa en los archivos de DL, al igual que el informe del trabajador social Alberto Álvarez, que con su negativa a que un defensor público asista en sus medios de defensa a Adriano Román, también cumple con la Instrucción General 1/2014, de fecha 31 de diciembre, que contiene las Pautas Generales para la limitación del servicio de la ONDP.

La Instrucción General a la que hace referencia Ramona Curiel, está firmada por la directora de la ONDP, Laura Hernández Román.

El reenvío número 27

En el curso de la audiencia del pasado 24 de febrero, con motivo del expediente relacionado con el atentado a Jordi Veras, una vez Adriano Román anunció al tribunal el retiro de la abogada que hasta ese momento le asistía, e informara sobre la designación de otros dos nuevos, presentes en el tribunal, los cuales, de inmediato, formularon un pedimento que fue rechazado por los jueces, procedieron a interponer un recurso de oposición, el cual fue desestimado, por lo que abandonaron la sala de audiencia.

Ante la situación, los jueces del tribunal procedieron a reasignarle a Adriano Román un defensor público, el mismo que durante varias audiencias en el pasado año le defendió. La petición de los jueces fue interferida por la coordinadora de la Defensa Pública, quien invocó la Instrucción General de la ONDP, y desacató así lo que el tribunal había dispuesto: que el defensor público debía quedarse hasta que el nuevo defensor privado que el imputado escogiera estuviera preparado.

La decisión del Primer Tribunal Colegiado de Santiago estaba inspirada en que Adriano Román cambia de abogado en cada audiencia, por lo que el proceso, con más de un año en juicio de fondo, por un hecho que ocurrió hace 45 meses, ha sido reenviado en 27 ocasiones, la mayoría porque el imputado despide a sus abogados.

Es por esa razón que los medios de defensa de Jordi Veras han denunciado que la Instrucción General de la ONDP, firmada por Laura Hernández Román, parece haber sido hecha a la medida de la condición de solvencia económica de Adriano Román.

Alegan que dicha Instrucción "cuadra perfectamente con la táctica utilizada de eternizar el proceso mediante el cambio de abogado en cada audiencia".

También afirman que con dicha Instrucción se viola la Constitución, en su artículo 6, que declara nula de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrario a ella, y a la Ley que crea el Servicio Nacional de la Defensa Pública, en particular sus artículos 111, 115 y 116, que obligan a los jueces a designar defensores públicos en todos los casos en que un imputado no disponga de una defensa privada, sin importar la solvencia económica que pudiera tener o no.

lunes, marzo 03, 2014

Con mayor esperanza y entusiasmo


José Jordi Veras Rodr
No nos cansaremos de decirlo y expresarlo, que estamos enfrentando una calidad de imputados que fue capaz de organizarse como asociación de malhechores para llevar a cabo un crimen organizado, bajo la modalidad de sicariato y lo mismo pretenden hacer en el proceso de fondo, seguir en concierto para evitar que el juicio de fondo se inicie y han provocado trece reenvíos, utilizando todo tipo de artimañas, que ya escapan a lo legal y lo leal a nivel procesal. Pero lo peor es que en ocasiones han encontrado quien les haga el juego, olvidando su papel como auxiliares de justicia.
    
A propósito del caso penal que nos ocupa y del hecho de mi atentado y que el pasado día 2 de marzo del año en curso,  se cumplieron cuarenta y cinco meses, tiempo en que volví a la vida por obra y gracia de Dios y que pudo sacarme de la fosa de la muerte, y por lo cual siempre estaré claro, que fue obra de un milagro y por el cual doy gracias al Altísimo todos los días, no vamos a desistir de seguir exigiendo y luchando para obtener justicia. 
    
Por eso siempre hemos dicho también, que estamos claro y que podemos entender que el objetivo de los imputados y sus defensores, será siempre el de evitar que sus defendidos le sean conculcados o violados derechos fundamentales, lo que en este proceso no ha ocurrido. Sin embargo, usted, ni como parte, ni como abogado, puede erigirse en obstáculos para colocar las zancadillas que una audiencia se reenvíe de forma medalaganaria y por el mero deseo de  una parte. Y en vez de contribuir al desarrollo de un juicio en el que se van a ponderar la realidad de las pruebas y el nivel de culpabilidad o no que usted como imputado tenga, lo que hacen es buscar desprestigiar el sistema judicial, ya no tanto del caso que nos ocupa, sino de la generalidad.
    
Para que se tenga una idea o ejemplo, en la pasada audiencia del día 24 de febrero del año en curso,  una vez el señor Adriano Román, anunció al tribunal el retiro de la abogada que hasta ese momento le asistía, e indicó la designación de otros dos nuevos, presentes en el tribunal, los cuales, de inmediato, formularon un pedimento que fue rechazado por el tribunal; interpusieron recurso de oposición, y porque no le fue acogido, procedieron a abandonar la sala de audiencia. A esto, el tribunal decidió reasignar al defensor público que ya en ocasiones anteriores le había fijado al propio imputado Adriano Román. Sin embargo, esto no fue acogido por la Defensoría Pública de Santiago, alegando una “Instrucción General” la cual, entre otras cosas, determinaba que la misma no podía brindarle los servicios a imputados con solvencia económica. Tanto la Instrucción General como la acción en el caso específico de Adriano Román, la Defensoría violaba, la Constitución de la República y a la vez, la decisión emanada por el tribunal, asumiendo el desacato ante la misma. Con ello, no sólo se hace un flaco servicio a los procesos penales que como en este caso la Defensoría se erija en juez y parte para determinar si acata o no una decisión. Y por otro lado, es al sistema de justicia mismo que se le hace el perjuicio, porque en otros casos que puedan existir se actuaría de la misma forma creando una gran debilidad institucional. No tiene necesidad de realizar esto la Defensoría porque cuenta con elementos preparados y capaces, para tener que realizar este tipo de acciones.

En otras ocasiones también hemos dicho que ninguna parte en el proceso está por encima de ningún sistema de justicia, porque de ser así todo dependerá del capricho que tenga o le salga a una de las partes en el proceso, sea la víctima, el Ministerio Público o los imputados.  Tiene necesariamente que hacer prevalecer la autoridad y el orden del sistema para que el mismo pueda ser efectivo. Si falla para una, lo hará para todos y todas. Y esto no se  puede permitir bajo ningún concepto.

Lo peor de todo es que, a pesar del conocimiento y la conciencia a quienes nos enfrentamos en este proceso, no vemos correcto, que se quiera  o pretenda litigar con deslealtad, pero aún así también estamos más que preparados para no pensar en lamentos, sino seguir asumiendo el compromiso, ya no solamente por el caso que nos ocupa, sino por hacer prevalecer un sistema por encima de un grupo de imputados, que lo que buscan más que todo, no es que se le garanticen sus derechos fundamentales, como se les ha garantizado, sino buscar desprestigiar el sistema mismo sobre la cual está fundamentado el proceso penal dominicano. 
    
Es un desafío a lo mejor de este pueblo que confía aún en la justicia y el orden establecido, la actitud que muestran los imputados y actitudes de defensores como las que hemos planteado, cuando crean las maniobras, ya sea de no comparecer sus abogados privados o cambiar constantemente éstos o crear resoluciones de esta naturaleza como las mencionada.  Aún así, estamos dispuestos en asumir el reto, sin dudar, y llenos de esperanza y entusiasmo, porque más que debilitarnos los constantes reenvíos y las iniquidades como las que hemos expuestos, lo que hacen es brindarnos la fortaleza necesaria, llegada del Altísimo, para no desistir, ni rendirnos, ni claudicar mucho menos, a todo lo que está detrás de las malas intenciones de los imputados y quienes intentan hacerle el juego con bajezas y deslealtades.

domingo, marzo 02, 2014

A 45 meses de la tentativa de asesinato contra mi hijo Jordi Veras

  1. El día 2 de cada mes tiene mucha significación para mi porque, precisamente, en una fecha como esa fue la tentativa de asesinato contra mi hijo Jordi, ejecutada por una asociación de sicarios, el 2 de junio de 2010, de cuyo hecho hoy se cumplen 45 meses.
  2. Solamente aquellos padres que han levantado su familia en base al trabajo, pueden comprender lo que ha significado para mi esa acción criminal. Lo he expresado en distintas ocasiones: el atentado contra Jordi cambió mi vida; nunca esperé un hecho de esa naturaleza contra uno cualquiera de mis hijos.
  3. Mi suplicio no fue sólo al momento de recibir la noticia del operativo criminal contra Jordi, sino también la carga de pesares que he tenido que soportar, comenzando con la investigación judicial y policial, y continuando ante los tribunales, donde estoy soportando la presencia del grupo de asesinos que quiso quitarle la vida a Jordi.
  4. Siempre he dicho, y así lo creo, que aquel que decide aceptar ser papá, ha de llevar esa calidad hasta la tumba. El sentimiento paternal no se borra, se mantiene fijo en lo más profundo del corazón.
  5. Creí que al llegar a mi tercera edad disfrutaría de un descanso, pero no ha sido así, porque luego del atentado a mi hijo me he visto en la necesidad de permanecer en vilo, pendiente de todo lo que se mueve alrededor del Caso Jordi; y no me lamento; todo lo hago con entusiasmo, convencido de que en la medida que reclamo justicia en un asunto que ha lesionado profundamente a mi familia, mi comportamiento sirve para que la criminalidad sepa que la sociedad dominicana no está abandonada a su suerte.
  6. No pierdo un segundo sin ocuparme del Caso Jordi; vivo para eso; solamente descansaré el día que se dicte sentencia definitiva e irrevocable contra los responsables de querer asesinar a Jordi, y han llevado intranquilidad al seno de mi familia.
  7. En el Caso de mi hijo Jordi, mentalmente  he trazado una raya: aquellos que están al lado de mi familia y de Jordi, y los que están identificados con el crimen organizado, que es como decir con los que quisieron eliminar a Jordi.
  8. Al cumplirse hoy 45 meses de la tentativa de asesinato contra Jordi, sigo adelante; siento estar acompañado de lo mejor de la sociedad dominicana. No obstante el dolor que he arrastrado durante el tiempo transcurrido desde el día de la acción criminal, hasta hoy, he sentido el calor solidario de familiares, amigos, amigas y amistades. Eso me satisface y me llena de bríos.
  9. Los reenvíos provocados por el que pagó, y los que organizaron y ejecutaron la tentativa de asesinato contra Jordi, no me van a desesperar, desalentar ni desviarme de mi objetivo de alcanzar justicia. Soy el escudo de mis hijos.


La insistencia de Negro Veras para que haya justicia con los que atentaron contra su hijo



José Jordi Veras Rodríguez
SANTIAGO, República Dominicana.- Hoy se cumplen 45 meses del atentado contra Jordi Veras, el abogado de Miguelina Llaverías e hijo de Negro Veras, que triunfó en los tribunales defendiendo la dignidad de una mujer agredida por su ex esposo, el empresario farmaceútico Adriano Román.

La madrugada del 2 de junio, hace 45 meses, hubo un intento de asesinato contra el joven abogado. Uno de los disparos le penetró en la cabeza y le dejó sin un ojo, pero igual que Miguelina Llaverías, sobrevivió.

El abogado y su defendida se igualaron en la maldad del empresario Román. Ambos sufrieron atentados, aunque a Miguelina Llaverías le provocaron otros daños físicos y morales que no es ni siquiera posible describir, por la saña y alevosía de sus agresores.

Negro Veras no se cansa de pedir justicia. Esa insistencia es su causa de vida en la actualidad. Todos los días hace algo, escribe algo, describe algo, insiste con la justicia. Porque la cuestión es que la justicia es muy mojigata con los criminales.

Y Negro Veras no se cansa. Adriano Román utiliza todas las chicanas posibles, actúa de la forma más vil para impedir que los jueces lo juzguen por el crimen contra Jordi Veras. Los reenvíos han vuelto a ser parte de la historia judicial dominicana. Y los jueces dejan que estas cosas pasen.

“Al cumplirse hoy 45 meses de la tentativa de asesinato contra Jordi, sigo adelante; siento estar acompañado de lo mejor de la sociedad dominicana. No obstante el dolor que he arrastrado durante el tiempo transcurrido desde el día de la acción criminal, hasta hoy, he sentido el calor solidario de familiares, amigos, amigas y amistades. Eso me satisface y me llena de bríos”. Este es el mensaje de esperanza que envía Negro Veras este domingo. Para no olvidar.

“Los reenvíos provocados por el que pagó, y los que organizaron y ejecutaron la tentativa de asesinato contra Jordi, no me van a desesperar, desalentar ni desviarme de mi objetivo de alcanzar justicia. Soy el escudo de mis hijos”. Ese es su mensaje y tiene la solidaridad de la sociedad dominicana.

Adriano Rafael Román Román
El siguientes es el documento íntegro de Negro Veras, a los 45 meses del intento de asesinato de Jordi Veras:
  1. El día 2 de cada mes tiene mucha significación para mi porque, precisamente, en una fecha como esa fue la tentativa de asesinato contra mi hijo Jordi, ejecutada por una asociación de sicarios, el 2 de junio de 2010, de cuyo hecho hoy  se cumplen 45 meses.
  2. Solamente aquellos padres que han levantado su familia en base al trabajo, pueden comprender lo que ha significado para mi esa acción criminal.  Lo he expresado en distintas ocasiones: el atentado contra Jordi cambió mi vida; nunca esperé un hecho de esa naturaleza contra uno cualquiera de mis hijos.
  3. Mi suplicio no fue sólo al momento de recibir la noticia del operativo criminal contra Jordi, sino también la carga de pesares que he tenido que soportar, comenzando con la investigación judicial y policial, y continuando ante los tribunales, donde estoy soportando la presencia del grupo de asesinos que quiso quitarle la vida a Jordi.
  4. Siempre he dicho, y así lo creo, que aquel que decide aceptar ser papá, ha de llevar esa calidad hasta la tumba. El sentimiento paternal no se borra, se mantiene fijo en lo más profundo del corazón.
  5. Creí que al llegar a mi tercera edad disfrutaría de un descanso, pero no ha sido así,  porque luego del atentado a mi hijo me he visto en la necesidad de permanecer  en vilo, pendiente de todo lo que se mueve alrededor del Caso Jordi; y no me lamento; todo lo hago con entusiasmo, convencido de que en la medida que reclamo  justicia en un asunto que ha lesionado profundamente a mi familia,  mi comportamiento sirve para que la criminalidad sepa que la sociedad dominicana no está abandonada a su suerte.
  6. No pierdo un segundo sin ocuparme del Caso Jordi; vivo para eso;   solamente descansaré el día que se dicte sentencia definitiva e irrevocable contra los responsables de querer asesinar a Jordi, y han llevado intranquilidad al seno de mi familia.
  7. En el Caso de mi hijo Jordi, mentalmente   he trazado una raya: aquellos que están al lado de mi familia y de Jordi, y los que están identificados con el crimen organizado, que es como decir con los que quisieron eliminar a Jordi.
  8. Al cumplirse hoy 45 meses de la tentativa de asesinato contra Jordi, sigo adelante; siento estar acompañado de lo mejor de la sociedad dominicana. No obstante el dolor que he arrastrado durante el tiempo transcurrido desde el día de la acción criminal, hasta hoy, he sentido el calor solidario de familiares, amigos, amigas y amistades. Eso me satisface y me llena de bríos.
  9. Los reenvíos provocados por el que pagó, y los que organizaron y ejecutaron la tentativa de asesinato contra Jordi, no me van a desesperar, desalentar ni desviarme de mi objetivo de alcanzar justicia. Soy el escudo de mis hijos.

sábado, marzo 01, 2014

Negro Veras cuestiona decisión Defensoría Pública en caso de su hijo


Ramón Antonio "Negro" Veras
El jurista Ramón Antonio (Negro) Veras criticó la decisión de la Oficina Nacional de la Defensa Pública no brindar sus servicios al interno Adriano Román, acusado de tentativa de asesinato de su hijo Jordi Veras Rodríguez.    

Veras expresó que el juicio no ha podido comenzar, aunque ha sido aplazado en 27 ocasiones, principalmente porque el imputado cambia la defensa privada que lo asiste.

Las primeros 14 reenvíos fueron durante la audiencia preliminar y en el juicio de fondo van 13. 

En tanto, que la defensa pública alega que no puede asignar abogados a acusados económicamente solventes, acatando una decisión de Laura Hernández Román, directora de la Oficina Nacional de Defensa Pública.

Del atentado ocurrido el día dos de junio del 2010 ya han pasado 45 meses, y luce empantanado. El más reciente aplazamiento se produjo en febrero de este año y fue dejado para inicio de marzo.

Durante una rueda de prensa en su oficina, Veras consideró que dicha instrucción general parece haber sido hecha a la medida de la condición de solvencia económica de Adriano Román “y cuadra perfectamente con la táctica utilizada por él para alcanzar su estrategia de eternizar el proceso mediante el cambio de abogado en cada audiencia”. 

Agregó que, además de satisfacer a plenitud las pretensiones de Adriano Román y los otros imputados en el caso de Veras Rodríguez, la instrucción señalada viola varios preceptos constitucionales, de manera especial el previsto en el artículo 176, que consagra el derecho a la defensa que tiene todo imputado, que por cualquier causa no esté asistido de abogado privado, de recibir la asistencia gratuita del servicio de la Defensa Pública.

Negro Veras advierte sobre disposición de Defensa Pública


Ramón Antonio "Negro" Veras
SANTO DOMINGO. El reputado jurista de Santiago, Ramón Antonio (Negro) Veras, denunció que una Instrucción General emitida por la Oficina Nacional de Defensa Pública viola los preceptos constitucionales, y contribuye con una especie de eternización del proceso seguido al empresario Adriano Román, quien está acusado de atentar en contra del abogado y comunicador Jordi Veras.

Manifestó que la disposición de la directora de la Oficina Nacional de Defensa Pública, Laura Hernández Román, "resulta totalmente inaplicable para el caso de mi hijo Jordi, puesto que mucho antes de ésta haber sido dictada, el 17 de octubre de 2013, ya el tribunal que conoce de este caso le había respondido a Adriano Román que el defensor público que se le reasignó en la última audiencia, por lo que debía quedarse hasta que el nuevo defensor privado que éste escogiera, estuviera preparado para conocer el juicio".

Expuso que en el curso de la última audiencia del pasado 24 de febrero, Adriano Román anunció al tribunal el retiro de la abogada que hasta ese momento le asistía.

Asimismo, indicó la designación de otros dos nuevos, presentes en el tribunal, los cuales, de inmediato, formularon un pedimento que fue rechazado.

También interpusieron recurso de oposición, y porque no le fue acogido, procedieron a abandonar la sala de audiencia. Veras manifestó que, ante esa situación, el tribunal procedió a reasignarle a Román, un defensor público, el mismo que durante varias audiencias en el pasado año le defendió.

"En ocasión de esta decisión del tribunal y, a pesar de estar presente en la sala de audiencia el defensor público reasignado a Adriano Román, no acató la decisión adoptada".

El jurista detalló que en este momento, para de alguna forma pretender justificar lo que califica como desacato asumido, hizo acto de presencia la coordinadora de la Defensoría Pública en Santiago, Ramona Curiel, quien explicó al tribunal que el 31 de enero la Defensoría Pública Nacional, había dictado una "Instrucción General", sobre la imposibilidad de prestar asistencia legal a imputados solventes.

Desacato en caso Jordi


Lo que faltaba. Luego de 27 reenvíos en los 45 meses del proceso a los que atentaron contra Jordi Veras, ahora resulta que la Oficina de la Defensa Pública se suma a las chicanas, y ha desacatado una orden del tribunal para que un defensor público represente a Adriano Román, principal imputado. Los jueces tratan de poner fin al jueguito ese de que en cada audiencia, un nuevo abogado. La Defensa Pública viola normas constitucionales y legales al negar su asistencia, además de hacerlo de manera retroactiva.